El Modelo de Atención Integral de Salud, de carácter familiar y comunitario, entiende que la atención de salud debe ser un proceso integral y continuo que centre su atención en las personas y sus familias: que priorice actividades de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y se preocupe de las necesidades de salud de las personas y comunidades, entregándoles herramientas para su autocuidado. Su énfasis radica en la promoción de estilos de vida saludables; en fomentar la acción intersectorial y en fortalecer la responsabilidad familiar y comunitaria, a fin de mejorar las condiciones de salud.
En la red de salud municipal de Los Ángeles se pueden atender todas las personas que sean usuarias del Fondo Nacional de Salud (Fonasa) o que sean beneficiarias del Programa de Reparación y Atención en Salud (PRAIS), además de los extranjeros en situación regular o irregular que habiten en la comuna. Para ello, deben inscribirse previamente en la Oficina Per Cápita del CESFAM.
La atención de salud en los CESFAM y demás recintos de atención primaria es realizada por un equipo multidisciplinario, formado por profesionales y técnicos de diferentes disciplinas vinculadas al ámbito de la salud.
Para realizar la inscripción en un centro de salud familiar se debe presentar la siguiente documentación:
– Documento de identificación chileno (RUN) o extranjero (pasaporte o DNI).
– Certificado de residencia o boleta de servicios básicos que acredite que vive dentro de los límites geográficos de la comuna.
– Si es de otra comuna o está inscrito en otro centro de salud familiar, debe presentar un certificado de renuncia al CESFAM anterior.
– En el caso de los menores de edad, deben ser inscritos por el padre, madre o cuidador legalmente acreditado.
No, solamente podrán serlo al retirarse de su ISAPRE, Capredena o Dipreca. Si sólo quieren recibir una atención, sin renunciar a su actual previsión de salud, deben cancelar el valor de la prestación que reciban –la cual está sujeta a un arancel- y los medicamentos que se les receten deben adquirirlos en forma particular.
Sí pueden acceder a las vacunas del Programa Nacional de Inmunización (PNI), destinadas los diferentes grupos objetivos.
Los usuarios de atención primaria de salud pueden acceder a una canasta de prestaciones que considera a todos los ciclos vitales, desde los 0 a los 65 y más años. Esta canasta es informada al usuario y su familia cuando se inscribe en un CESFAM y se puede conocer también en este sitio web (sección Documentos de Salud, “Decreto 35/2024 Subsecretaría de Redes Asistenciales”) o consultando el reglamento interno de cada CESFAM, el cual puede ser solicitado en la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS) de cada establecimiento.
Aspectos contenidos en la Ley N°20.584 de Derechos y Deberes de los Pacientes:
- Tener información oportuna y comprensible de su estado de salud.
- Recibir un trato digno, respetando su privacidad.
- Ser llamado por su nombre y atendido con amabilidad.
- Recibir una atención de salud de calidad y segura, según protocolos establecidos.
- Ser informado de los costos de su atención de salud.
- No ser grabado ni fotografiado con fines de difusión sin su permiso.
- Que su información médica no se entregue a personas no relacionadas con su atención (con excepción de aquellas indicadas en la Ley 20.584).
- Aceptar o rechazar cualquier tratamiento y pedir el alta voluntariamente.
- Recibir visitas, compañía y asistencia espiritual.
- Consultar o reclamar respecto de la atención de salud recibida.
- A ser incluido en estudios de investigación científica sólo si lo autoriza.
- Donde sea pertinente, se cuente con señalética y facilitadores en lengua originaria.
- Que el personal de salud porte una identificación.
- Inscribir el nacimiento de su hijo en el lugar de su residencia.
- Que su médico le entregue un informe de la atención recibida durante su hospitalización.
Aspectos contenidos en la Ley N°20.584 de Derechos y Deberes de los Pacientes:
- Entregar información veraz acerca de su enfermedad, identidad y dirección.
- Conocer y cumplir el reglamento interno y resguardar su información médica.
- Cuidar las instalaciones y equipamiento del recinto.
- Informarse acerca de los horarios de atención y formas de pago.
- Tratar respetuosamente al personal de salud.
- Informarse acerca de los procedimientos de reclamo.
Vía presencial: El paciente debe acudir a su CESFAM y solicitar hora. Cada centro de salud familiar tiene modalidades y disponibilidad de horas diferentes.
Vía Telesalud: Desde un computador, Tablet o teléfono móvil con Internet, el paciente debe ingresar al sitio web telesalud.gob.cl y seguir los pasos indicados allí.
Telesalud es una plataforma virtual de carácter preventivo accesible a través de la dirección web www.telesalud.gob.cl. Su objetivo es mejorar el acceso a la atención primaria de salud facilitando un nuevo canal de comunicación entre los usuarios y sus CESFAM. Prioriza y gestiona eficientemente las solicitudes para asegurar la entrega oportuna de atención por parte de los médicos, profesionales y técnicos de cada centro de salud, ya sea de manera presencial o remota.
Además de lo anterior, permite a los usuarios solicitar citas con diversos profesionales, revisar resultados de exámenes y recibir cualquier otro tipo de atención disponible en el centro de salud familiar.
La responsabilidad de solicitar la interconsulta es del CESFAM, pero el tiempo de respuesta depende exclusivamente del nivel secundario de salud, según la disponibilidad de horas existentes. Por lo tanto, no es posible determinar un tiempo exacto de espera.
El plazo para recibir la respuesta a su reclamo será dentro de 15 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente a su recepción, donde el prestador reclamado deberá responder con los antecedentes de que disponga (Ley 20.584). Para consultas, sugerencias, solicitudes y/o felicitaciones el plazo será de 20 días hábiles (Ley 19.880). Esta respuesta puede contener información sobre el avance en el proceso de gestión o bien sobre la respuesta definitiva.
Llevando el carnet de atención particular del niño/a, que acredite que éste mantiene sus controles sanos y vacunas al día. Además, en caso de que corresponda, debe presentar formulario de entrega de producto emitido por profesional correspondiente.
Las vacunas del Programa Nacional de Inmunización (PNI) del Ministerio de Salud (Minsal) son obligatorias y gratuitas para cada grupo objetivo que vive en Chile (ver decreto Nº50, de 2021, y sus posteriores modificaciones), independiente del tipo de previsión de salud (Fonasa o Isapre).
Estas vacunas estarán disponibles en todos los vacunatorios públicos y privados en convenio con las Secretarías Regionales Ministeriales (Seremi) de Salud.
Nuestros SAR, SAPU y SUR Santa Fe atienden según gravedad del paciente, no por orden de llegada. Dicha gravedad la determina exclusivamente el equipo de turno, de acuerdo con el motivo de consulta y tras el control de los signos vitales del paciente.
Para lo anterior utilizamos un sistema de categorización internacional (Triage o Triaje) que clasifica la demanda asistencial desde lo más a lo menos grave:
-Paciente C1: Paciente con riesgo vital. Si es necesario, el equipo postergará todas las otras atenciones. ATENCIÓN INMEDIATA.
-Paciente C2: Paciente grave. Será atendido a la brevedad, luego del C1. ATENCIÓN PRIORITARIA.
-Paciente C3: Paciente con mediana gravedad. Recibirá atención luego de estabilizados los C1 y C2. ATENCIÓN PODRÍA TARDAR.
-Paciente C4: Paciente con problema de salud no urgente. Será atendido luego de los pacientes C1, C2 y C3. ESPERA PROLONGADA.
-Paciente C5: Paciente con problema de salud no urgente, puede ser resuelto en CESFAM. Recibirá atención luego de los C1, C2, C3 y C4. ESPERA MUY PROLONGADA.